Me llaman para cambiar de compañía de luz, ¿qué hacer?
Si piensas «me llaman para cambiar de compañía de luz», no estás obligado a seguir la conversación, facilitar tu CUPS ni aceptar ninguna oferta. En 2026, además, la normativa eléctrica refuerza la protección frente a las llamadas comerciales y la contratación telefónica no solicitada.
La regla práctica es sencilla: una comercializadora no debería iniciar una llamada publicitaria o de contratación sin una petición expresa, inequívoca e informada por tu parte. Si recibes una llamada de este tipo, puedes pedir la identificación completa de la empresa, rechazar la oferta, solicitar que no vuelvan a contactarte y conservar pruebas para reclamar.
El Real Decreto 88/2026, que aprueba el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, obliga a las comercializadoras a grabar íntegramente las llamadas relacionadas con la contratación y a poder acreditar el consentimiento del consumidor. La CNMC también ha recordado en 2026 que una casilla genérica aceptada en una web de terceros no sirve, por sí sola, para justificar una llamada comercial.
¿Está prohibido que me llamen para cambiarme de compañía de luz?
Para los consumidores particulares, la normativa eléctrica de 2026 prohíbe a la comercializadora, o a otra empresa que actúe en su nombre, realizar publicidad o prácticas de contratación no solicitadas por teléfono. El reglamento contempla la solicitud del consumidor y remite también al interés legítimo regulado en la normativa de protección de datos. Para una solicitud de contacto, comprueba que:
- Has pedido expresamente que te contacten.
- La petición ha sido inequívoca, informada y para una finalidad concreta.
- La llamada parte de tu propia iniciativa.
La petición no puede basarse en una autorización genérica obtenida mediante un sorteo, una promoción o una web ajena al suministro eléctrico. La CNMC considera que el consumidor debe tomar directamente la iniciativa y facilitar sus datos de contacto de forma consciente para esa finalidad concreta.
Existe también un marco general de protección de datos que contempla algunas excepciones, por ejemplo, determinadas comunicaciones de una empresa con la que ya tienes una relación contractual sobre servicios similares. La AEPD explica estas excepciones. Sin embargo, en una llamada de una comercializadora que pretende cambiar tu contrato, la opción más segura es no aceptar nada por teléfono y exigir la documentación completa antes de decidir.
Qué puedes exigir durante la llamada
Si decides no colgar inmediatamente, no tienes que responder a todas las preguntas del operador. Puedes pedir, como mínimo, lo siguiente:
| Qué exigir | Para qué sirve |
|---|---|
| Razón social y marca comercial | Permite saber quién realiza la llamada y quién sería responsable del contrato. |
| Motivo exacto del contacto | Debe quedar claro si se trata de publicidad, una incidencia o una propuesta de contratación. |
| Identificación del agente o canal de atención | Facilita la trazabilidad de la conversación. |
| Condiciones completas por escrito | Evita decidir basándote solo en un precio promocional o en una explicación verbal. |
| Documento resumen antes de contratar | Debe incluir las condiciones principales, el CUPS, la dirección del suministro y, si procede, la penalización por rescisión anticipada. |
| Acceso a la grabación | La empresa debe conservar la documentación que pruebe tu consentimiento y facilitar la grabación si la solicitas. |
Una frase útil para cortar la presión comercial es: “No autorizo ninguna contratación ni cambio de comercializadora. Envíenme la oferta por escrito y no utilicen mis datos para nuevas llamadas comerciales”.
Qué información debe aparecer antes de contratar
Esta guía forma parte de nuestros contenidos sobre factura eléctrica y ahorro en el hogar. Antes de valorar un cambio, consulta cómo entender la factura de la luz y compara los importes de energía, potencia y servicios añadidos de tu contrato actual con la oferta escrita.
La comercializadora debe remitirte, antes de formalizar el contrato, un documento resumen separado del contrato. En lenguaje claro debe recoger las principales condiciones de la oferta y los datos del punto de suministro, incluido el CUPS y la dirección.

Antes de aceptar, revisa especialmente:
- Precio de la energía y término de potencia.
- Si el contrato es de precio fijo, indexado o dinámico.
- Duración, renovación y permanencia.
- Descuentos, fecha de finalización y precio posterior.
- Servicios añadidos de mantenimiento, asistencia o reparaciones.
- Penalización por rescisión anticipada, si existe.
- Si seguirías en el mercado libre o pasarías al PVPC.
- Qué ocurre con el bono social si lo tienes solicitado o concedido.
La normativa también exige que el contrato incluya información clara sobre las ofertas comerciales, la duración de los descuentos y el coste y carácter obligatorio o voluntario de los servicios adicionales. Si solo te hablan de “ahorrar” o de una rebaja en el kilovatio, pero no te entregan las condiciones completas, no confirmes el cambio.
Para entender mejor los conceptos de tu recibo puedes consultar nuestra guía sobre cómo entender la factura de la luz en 2026.
¿Pueden cambiarme de compañía solo con una llamada?
No deberían. El cambio de comercializadora debe contar con tu consentimiento expreso y quedar documentado en un soporte duradero. La empresa entrante tiene que conservar la prueba del consentimiento durante al menos cinco años.
En la contratación telefónica, la grabación debe recoger, entre otros elementos:
- Tu consentimiento para ser grabado.
- La identidad de la comercializadora y su marca.
- La fecha y hora del contacto.
- El motivo de la llamada.
- La advertencia de que aceptar la oferta supone resolver el contrato con tu compañía actual y cambiar de comercializadora.
- El contenido y las condiciones de la oferta.
Además, la empresa debe poner la grabación a tu disposición de manera sencilla en un plazo máximo de 20 días desde que la solicites.
Si el cambio se realiza sin consentimiento, no pueden reclamarte el pago del suministro no solicitado ni de servicios adicionales que no hayas pedido y que no estén acreditados documentalmente. Cuando se comprueba un cambio erróneo o no autorizado, debe reponerse el punto de suministro con la compañía anterior y con el contrato previo, sin perjuicio de la posible indemnización por daños.
Qué hacer si sospechas que ya han tramitado el cambio
- Comprueba tu área de cliente y tus facturas. Busca una comunicación de alta, un correo de bienvenida o un cambio de nombre de comercializadora.
- Llama a tu compañía habitual por un canal oficial. No utilices el número que aparece en el SMS o correo recibido si tienes dudas sobre su autenticidad.
- Pide el estado del cambio y solicita su anulación. Hazlo por escrito y conserva el número de referencia.
- Exige la prueba del consentimiento. Solicita el contrato, el documento resumen, la grabación y la identificación del CUPS utilizado.
- Reclama a la comercializadora entrante. Pide que deje sin efecto el cambio y que confirme por escrito que no te cobrará ningún servicio no solicitado.
- Revisa las facturas posteriores. Comprueba si aparecen servicios de mantenimiento, seguros o cuotas que no reconoces.
El cambio de comercializadora debe completarse, con carácter general, en un máximo de diez días hábiles desde la formalización del contrato. Solo puede ampliarse cinco días hábiles cuando sean necesarias actuaciones complejas en campo. El consumidor tiene derecho a conocer en todo momento el estado del proceso.
¿Tengo derecho a desistir si acepté la oferta?
Si el contrato se celebró por teléfono, internet o fuera de las oficinas de la empresa, normalmente tienes derecho a desistir en un plazo de 14 días naturales. El plazo empieza, por regla general, desde la celebración del contrato de suministro, aunque conviene revisar la información de desistimiento que te haya entregado la empresa.
Envía la solicitud por un medio que deje constancia, como el correo electrónico habilitado por la comercializadora, un formulario con acuse de recibo o un burofax. No te limites a decirlo durante una llamada: pide confirmación escrita.
Si ya se ha iniciado el suministro y solicitaste expresamente que comenzara durante el periodo de desistimiento, la empresa podría reclamar la parte proporcional del servicio efectivamente prestado hasta la fecha de desistimiento. Eso no convierte en válido un cambio que nunca autorizaste.
Puedes utilizar un modelo similar a este:
“Solicito el desistimiento del contrato de suministro eléctrico formalizado el día [fecha], asociado al CUPS [CUPS]. Solicito que se deje sin efecto cualquier cambio de comercializadora y que se confirme por escrito la recepción de esta solicitud. No autorizo servicios adicionales ni cargos vinculados a una contratación no solicitada.”
Cómo reclamar una llamada comercial no solicitada
1. Reclama primero a la empresa
Presenta una reclamación ante la comercializadora que te llamó o que figure en el contrato. Incluye la fecha y hora de la llamada, el número desde el que te contactaron, el nombre de la empresa, lo que te ofrecieron y si llegaron a usar tus datos o a tramitar un cambio.
Solicita expresamente:
- La identificación del responsable de la llamada.
- La base legal o el consentimiento utilizado para contactarte.
- La grabación completa, si sostienen que hubo contratación.
- La supresión u oposición al uso de tus datos con fines comerciales.
- La anulación de cualquier contrato o cambio de compañía no autorizado.
- La devolución de cualquier cantidad cobrada indebidamente.
La empresa debe darte un número de referencia y permitirte conocer el estado de la reclamación. En el ámbito eléctrico, el nuevo reglamento fija un plazo máximo de 15 días hábiles para responder a las quejas y reclamaciones, salvo otros plazos específicos aplicables a determinados supuestos.
2. Acude a Consumo o a la OMIC
Si no obtienes una solución, puedes acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, a los servicios de consumo de tu comunidad autónoma o a una asociación de consumidores. Adjunta la reclamación previa, la respuesta de la empresa y todas las pruebas disponibles.
La comercializadora también debe informarte de la entidad de resolución alternativa de litigios a la que esté adherida, si procede. Esta vía puede ser útil para intentar una solución extrajudicial.
3. Denuncia el uso indebido de tus datos ante la AEPD
Si continúas recibiendo llamadas después de oponerte, no puedes identificar el origen de tus datos o la empresa no acredita tu consentimiento, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Conserva capturas, registros de llamadas, correos, SMS y la petición de oposición.
También puedes inscribirte en una lista de exclusión publicitaria como la Lista Robinson. La AEPD advierte de que la inscripción no es inmediata: puede tardar hasta el segundo mes en resultar efectiva y no impide todas las comunicaciones de empresas con las que mantienes una relación contractual o a las que diste consentimiento.
4. Comunica las malas prácticas a la CNMC
La CNMC supervisa los cambios de comercializadora y las obligaciones de las empresas del sector. Puedes trasladarle información sobre un cambio sin consentimiento, una identificación incorrecta del CUPS o una práctica comercial engañosa. La CNMC puede supervisar y sancionar, aunque para recuperar un importe concreto normalmente tendrás que reclamar primero a la empresa y, si procede, acudir a Consumo o a los tribunales.
Si te llaman haciéndose pasar por tu compañía actual
Una de las señales de alarma más habituales es que el operador afirme que llama “de tu compañía” o que necesita confirmar unos datos para evitar una subida. No confirmes el DNI, el CUPS, el número de cuenta ni códigos recibidos por SMS si no tienes claro quién está al otro lado.
Cuélgalo y contacta con tu comercializadora desde la factura o desde su web oficial. En nuestra guía sobre cómo detectar llamadas fraudulentas encontrarás más señales para distinguir una comunicación legítima de un intento de engaño.
Recuerda que la distribuidora y la comercializadora no son lo mismo: puedes elegir la comercializadora, pero no la distribuidora de tu zona. Si el interlocutor mezcla ambas figuras o asegura que “la distribuidora te obliga a cambiar de compañía”, desconfía.
Checklist rápido: qué hacer cuando recibes la llamada
- No confirmes datos personales ni bancarios por teléfono.
- Pregunta por la razón social y el motivo concreto de la llamada.
- Di expresamente que no autorizas ningún cambio si no quieres contratar.
- Pide que te envíen la oferta completa por escrito.
- No aceptes descuentos sin comprobar su duración y el precio posterior.
- Revisa la permanencia y los servicios añadidos.
- Solicita la grabación si aseguran que has contratado.
- Reclama por escrito y conserva el número de referencia.
- Comprueba tus facturas y el área de cliente durante las semanas siguientes.
La respuesta corta
En 2026, una comercializadora eléctrica no puede llamarte libremente para contratar o cambiarte de compañía sin una petición expresa, inequívoca e informada, salvo los supuestos que puedan ampararse en la normativa general de protección de datos. No tienes que aceptar la oferta durante la llamada, puedes exigir la documentación completa y tienes derecho a pedir la grabación y la prueba del consentimiento.
Si te cambian sin autorización, reclama de inmediato la anulación, la reposición del contrato anterior y la devolución de cualquier importe cobrado. La clave es no discutir solo por teléfono: deja siempre una reclamación escrita y conserva todas las pruebas.
Fuentes y referencias
- Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica — BOE
- La CNMC reitera a las comercializadoras eléctricas sus obligaciones contractuales — CNMC
- Cambio de comercializador en España — CNMC
- ¿En qué situaciones se permite hacer llamadas no solicitadas con fines comerciales? — AEPD
- Publicidad no deseada — AEPD
- Suministro de energía — Centro Europeo del Consumidor en España
Preguntas frecuentes
¿Pueden llamarme en 2026 para ofrecerme una tarifa de luz?
No deberían hacerlo si no has solicitado el contacto. La normativa eléctrica de 2026 prohíbe la publicidad y contratación telefónica no solicitada para consumidores particulares, salvo una petición expresa, inequívoca e informada o una llamada iniciada por el propio consumidor.
¿Qué hago si me han cambiado de compañía sin permiso?
Reclama por escrito a la comercializadora entrante y a tu compañía anterior, solicita la anulación y pide que te repongan el contrato previo. Exige también la prueba del consentimiento, el contrato, el documento resumen y la grabación completa de la llamada.
¿Cuánto tiempo tengo para desistir de un contrato de luz contratado por teléfono?
Con carácter general, 14 días naturales cuando el contrato se celebra por teléfono, internet o fuera de las oficinas de la empresa. Solicita el desistimiento por escrito y conserva el justificante.
¿Puedo pedir la grabación de la llamada?
Sí. Si la llamada se utilizó para contratar, la comercializadora debe conservar la documentación acreditativa y facilitarte la grabación de forma sencilla en un plazo máximo de 20 días desde que la solicites.
¿Dónde reclamo si siguen llamándome?
Primero reclama a la empresa y solicita que cese el uso comercial de tus datos. Si no responde o no acredita el consentimiento, puedes acudir a la AEPD. Para problemas relacionados con el cambio de comercializadora o prácticas del sector también puedes informar a la CNMC y acudir a Consumo o a la OMIC.